CÓDIGO DE ÉTICA

CÓDIGO DE ÉTICA

ÁMBITO DE APLICACIÓN

El presente Código de Ética rige a la COOPERATIVA MINUANA DE AHORRO Y CRÉDITO – COMAYC, siendo aplicable a todos los integrantes incluyendo su personal. El mismo define requerimientos específicos alcanzando las relaciones de la Cooperativa con sus socios, empleados y proveedores, haciéndose extensivo a toda persona vinculada con la misma.

Los funcionarios y socios sujetos a la aplicación del presente Código tienen la obligación de conocerlo y cumplirlo.

VALORES ÉTICOS

Los valores institucionales claves para el cumplimiento de los fines de COMAYC comprenden: respeto, integridad, igualdad, responsabilidad, cumplimiento y compromiso.

Respeto: alcanza a todo tipo de relaciones personales y profesionales inherentes a la actividad de COMAYC ycomprende el respeto a la persona, a la equidad y a la diversidad.

Integridad: implica actuar con transparencia y honestidad, de acuerdo a principios morales, éticos y legales.

Igualdad: la Cooperativa ofrece las mismas oportunidades en el ingreso de sus socios y funcionarios asegurando la no discriminación por razones de sexo, raza, estado civil, condición social, religión, etc.

Responsabilidad: por los actos tanto a nivel Institucional como personal independientemente de los intereses individuales y de las presiones externas que se pudieran constatar.

Cumplimiento: COMAYC está sujeta a leyes, decretos y normas externas e internas que regulan la actividad financiera en el país. Incumplir alguna de estas normas implica sanciones y afecta negativamente la reputación de la Cooperativa.

Compromiso: los funcionarios actuarán siempre velando por los intereses de COMAYC, cuidando sus activos y la racionalización de los gastos. No será utilizada la imagen de la Institución para fines ajenos a los derivados del desarrollo de la actividad, evitando situaciones que permitan usufructuar en beneficio propio oportunidades de negocio de COMAYC.

Tampoco se podrán desarrollar actividades reñidas con las buenas costumbres que afecten la reputación personal de los funcionarios y la reputación de COMAYC.

Todos los socios integrantes de la Cooperativa deben cumplir con sus compromisos y obligaciones y enmarcar su conducta en la probidad y honestidad,actuando con justicia, con apego a la moral y según la ley, comportándose rectamente y de acuerdo con la verdad.

COMPORTAMIENTO ÉTICO

Los socios y el personal de COMAYC deberá cumplir lo dispuesto por la normativa aplicable: leyes, decretos, circulares, comunicaciones y toda disposición emanada por los organismos reguladores así como también lo dispuesto por las normas y reglamentos internos.

Es obligación de todo el personal de COMAYC comunicar en forma inmediata alaAuditoría Interna de la Nación, previo conocimiento del Presidenterespecto de cualquier infracción a las normas externas e internas así como también a lo dispuesto en el presente Código que sean de su conocimiento y sean derivadas del ejercicio de sus funciones en la Institución. Se deberá tratar en todo momento que estas comunicaciones aseguren la confidencialidad de la fuente.

Los funcionarios deberán priorizar el trabajo en COMAYC no pudiendo desarrollar actividades en otras entidades o empresas competidoras ya sea con carácter honorario o remunerado.

RELACIONAMIENTO CON TERCEROS

COMAYC es una Cooperativa de Ahorro y Crédito sin fines de lucro cuyo objetivo consiste en propiciar el mejoramiento económico y social de sus afiliados. Para ello se establecen relaciones no sólo con los afiliados sino también con proveedores, empleados y terceros relacionados con la Cooperativa.

Cooperación entre Cooperativas para servir y fortalecer el sistema cooperativo.

Los socios y la satisfacción de sus necesidades constituyen la razón de ser de COMAYC por lo cual se busca establecer una relación duradera.

Toda la información disponible respecto de los socios y sus operaciones es estrictamente confidencial. La misma será proporcionada exclusivamente al titular de la cuenta en forma clara y precisa.

En lo que respecta a los funcionarios, se procura inculcar una conducta ética, una relación abierta y una comunicación fluida promoviendo la igualdad de oportunidades. COMAYC espera que sus empleados actúen de forma abierta y solidaria. Los funcionarios deberán informar inmediatamente sobre cualquier situación que pueda implicar un riesgo o perjuicio para la Institución.

Con respecto a los proveedores, se promueve la participación de más de uno para la adquisición de bienes y servicios con la finalidad de obtener las mejores condiciones al momento de efectuar compras, garantizando de este modo la mejor relación costo-beneficio.

CONFLICTOS DE INTERÉS

El personal actuará siempre de manera que sus intereses particulares, los de su núcleo familiar o los relativos a otras personas vinculadas a ellos no primen sobre los de COMAYC o sus socios.

CAPACITACIÓN

Es responsabilidad de los funcionarios capacitarse de acuerdo a los procedimientos definidos por la Institución y actuar de acuerdo a lo dispuesto por las leyes y los decretos que rigen la actividad de la Cooperativa, así como las normas generales e instrucciones particulares dictadas por la Auditoría Interna de la Nación.

ATENCIONES COMERCIALES

Los funcionarios no podrán aceptar ningún tipo de atención motivada por operaciones realizadas. Tampoco resulta admisible que los funcionarios obtengan un beneficio personal a raíz del cargo que ocupen en la Cooperativa. No se podrá aceptar atenciones, presentes, invitaciones, favores o cualquier otro tipo de compensación vinculada a la actividad que se desarrolle en COMAYC procedente de socios, proveedores o terceros. Se excluye expresamente de la prohibición anterior: objetos de propaganda, invitaciones a eventos, actos sociales, talleres, seminarios y cualquier tipo de actividad formativa vinculada con la actividad desarrollada. Solamente podrán aceptarse atenciones ocasionales por motivos concretos y en carácter de cortesía (como regalos de fin de año, boda, nacimientos, etc), siempre que no sean en efectivo.

Se prohíbe aceptar dinero en préstamo o recibir cualquier otro tipo de atención de los socios, proveedores, contrapartes o cualquier otro tercero, salvo que dichas operaciones sean resultado de una relación comercial con una institución cooperativa o financiera.

SECRETO BANCARIO: MANEJO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA

De acuerdo a las disposiciones legales vigentes, las normas de conducta de COMAYC están orientadas a proteger los intereses de los socios frente a la posibilidad del uso indebido de determinado tipo de información de carácter confidencial a la cual acceden los funcionarios en razón de su actividad laboral en la Cooperativa. Los funcionarios deberán abstenerse de procurar algún tipo de beneficio individual, para otra persona o inclusive para un grupo de socios.

INCUMPLIMIENTO

El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Código podrá implicar sanciones disciplinarias por parte de COMAYC, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y/o penales que cualquier autoridad competente o tercero perjudicado pueda llegar a aplicar.

COMITÉ DE ÉTICA

El Comité de Ética estará compuesto por tres integrantes: el Presidente y otro integrante del Consejo Directivo y el Presidente de la Comisión Fiscal de COMAYC. Sus funciones serán difundir lo establecido en el presente Código y en todo lo concerniente a los reglamentos de conducta, Deberá a su vez esclarecer las posibles dudas que puedan surgir en la interpretación de lo establecido, analizando en forma confidencial aquellas denuncias que se formulen ante hechos irregulares. Asimismo, deberá tomar posiciones para aquellos casos no contemplados en el presente Código.

CESE DE LA RELACIÓN LABORAL

Todo aquel que cese en la relación laboral con COMAYC se abstendrá de utilizar la información a la cual accedió en virtud de su actividad en la Cooperativa.

VIGENCIA

El presente Código rige a partir de la fecha de su publicación en la página web, una vez que se haya aprobado por el Consejo Directivo.